Guinness

La Justicia anula la deuda de un particular con un Banco porque el contrato tenía la letra demasiado pequeña

Noticiascuriosas.com/Madrid.- La Audiencia Provincial de Madrid ha eximido a un particular de abonar una deuda de 6.443 euros porque la letra del contrato de su tarjeta de crédito era “ilegible”.

La sentencia está reforzada en varios aspectos. Uno de ellos, las imprecisiones en la acreditación de la deuda por la demandante. Otro, el hecho de que algún cargo apareciera duplicado. Pero fundamentalmente está basada en la tipografía “minúscula” de las cláusulas. Incluso la primera juez del caso no llegó a comprender las cláusulas.

La deuda fue contraída por un descubierto con Bankinter generado por impagos entre 2007 y 2012, cuando fue dada de baja la tarjeta. La entidad bancaria ‘vendió’ esa deuda a una empresa de recobro. Ésta fue la que inició el proceso, que reclamaba al particular 6.443 euros, grueso del crédito de una deuda contraída con intereses de 9.755 euros.

El cliente se opuso a la demanda. Esgrimió que se habían vulnerado sus derechos al no haber sido informado de esa ‘venta’ de su deuda. Y alegó además condiciones abusivas del crédito.

En noviembre de 2017, la Audiencia Provincial de Castellón ya anuló una cláusula de un contrato de una tarjeta de crédito porque “sólo podía leerse con lupa”. Y en 2018, un juzgado de primera instancia de Sevilla consideró abusivas unas condiciones de un contrato porque los caracteres de éste eran de medio milímetro, la tercera parte del mínimo exigido por el artículo 80 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

Etiquetas
Ver más

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Artículos relacionados

Close

Adblock Detected

Please consider supporting us by disabling your ad blocker